Seis meses de cárcel y multa para un hombre por ataque homofóbico a senderistas LGTBI+ en Córdoba

El TSJA ratifica la condena por delitos de odio, junto con la inhabilitación de ciertas actividades y una indemnización por daños morales

En un acto resolutorio, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha determinado la culpabilidad de un individuo por actos de hostigamiento y agravios. Estos actos estaban dirigidos hacia personas del colectivo LGTBI+ en Córdoba. Como resultado, se impuso una condena que incluye seis meses de prisión. Además, se estableció una sanción económica de 1.080 euros.

Los hechos, que ya contamos anteriormente (Insultan reiteradamente a un grupo de senderistas LGTBI en Córdoba), se remontan al 10 de abril de 2021, cuando un grupo de senderistas LGTBI+ de Accem, organización dedicada al apoyo de personas refugiadas y otros colectivos vulnerables, fue agredido verbalmente en plena actividad al aire libre.

El ataque ocurrió cerca de la capital cordobesa, cuando el grupo, portando banderas LGTBI+, se detuvo próximos a la propiedad del agresor para un descanso. Prescindiendo de la distancia y el respeto, el sujeto en cuestión lanzó una serie de insultos motivados por prejuicios hacia la orientación sexual y por la nacionalidad de las personas que se encontraban allí.

Con gran dignidad y resiliencia, el grupo afectado optó por continuar su marcha, buscando no dar importancia a las ofensas recibidas. Sin embargo, lejos de cesar su actitud despreciativa, el agresor prosiguió con sus vejaciones, llegando incluso a seguirlos en vehículo, persistiendo en sus insultos.

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Firme respuesta judicial contra el odio: TSJA ratifica sentencia y refuerza protección de derechos

La reciente ratificación del TSJA no solo sostiene la sentencia dictaminada por la Audiencia Provincial de Córdoba, sino que además evidencia la intransigencia del sistema judicial frente a delitos de odio. La sentencia también incluye una inhabilitación especial para el condenado, prohibiéndole desempeñar cualquier profesión u oficio educativo en esferas docentes deportivas y de ocio durante un periodo de tres años y seis meses, acompañado de una indemnización por daños morales y obligado a pagar los costes del juicio.

Desde el Observatorio Andaluz contra la Homofobia, Bifobia y Transfobia, acogemos esta nueva sentencia como un paso esencial y afirmativo hacia el cumplimiento de los derechos fundamentales y la mitigación de la LGTBIfobia. La justicia, al actuar con firmeza y claridad, envía un mensaje contundente de que el odio y la discriminación no tienen cabida en nuestra sociedad y que la dignidad de todas las personas, está amparada y protegida por la ley.

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