La Audiencia de Málaga ha dictado una sentencia contundente contra el odio. Un hombre ha sido condenado a un año y cuatro meses de cárcel tras humillar públicamente a una mujer por su orientación sexual, en un ataque que la justicia ha calificado como un claro delito de odio.
Los hechos, que se remontan a abril de 2024, ocurrieron en plena capital malagueña. La víctima se encontraba descansando de su jornada laboral frente a un supermercado cuando el acusado se acercó a ella y, sin motivo alguno más allá de su rechazo hacia las personas homosexuales, comenzó a vejarla.
«Bollera de mierda»: Un ataque a la dignidad
Según los hechos probados, el agresor increpó a la mujer con expresiones como «bollera de mierda, gorda». Pese a que la víctima le pidió que cesara, el hombre continuó con insultos y amenazas, llegando a arrodillarse a su lado para golpearle la pierna mientras le advertía: «No te quiero ver más por esta zona».
La sentencia subraya que el ataque se produjo por el mero hecho de que la víctima es lesbiana, con la clara intención de menoscabar su dignidad. Como consecuencia, la mujer sufre secuelas vinculadas a la ansiedad e insomnio, además de un temor constante a sufrir nuevos ataques.
Las penas: Cárcel, multas e inhabilitación
La Audiencia de Málaga ha aplicado la circunstancia agravante de discriminación por orientación sexual, imponiendo un castigo que va más allá de la privación de libertad:
- Pena de prisión: Un año y cuatro meses por un delito contra la integridad moral en concurso con una lesión de la dignidad por motivos discriminatorios.
- Indemnización: El condenado deberá pagar 7.500 euros a la víctima por los daños morales causados.
- Multas económicas: Un total de 1.890 euros por el delito de odio y otra cuantía adicional por un delito leve de amenazas.
- Inhabilitación: Se le prohíbe ejercer cualquier profesión en el ámbito docente, deportivo o de tiempo libre durante más de cuatro años.
- Alejamiento: Prohibición de aproximarse a la mujer a menos de 500 metros durante tres años.
La postura del Observatorio
Desde el Observatorio Andaluz contra la Homofobia, Bifobia y Transfobia, celebramos esta sentencia. Es un paso fundamental para que las agresiones en la vía pública no queden impunes. La justicia reconoce que el insulto «bollera» no es una simple falta de educación, sino una herramienta de exclusión y odio que debe ser castigada con severidad.
Este fallo lanza un mensaje claro: en Andalucía, el odio tiene consecuencias. Seguiremos vigilantes para que ninguna agresión lesbofóbica se quede sin respuesta judicial.
Eliminar la LGTBIfobia es obligación de TODAS las personas, DENUNCIA.
Referencia:
A prisión por increpar a una mujer en medio de la calle en Málaga con insultos homófobos – diariosur.es