Podemos decir en respuesta a esta pregunta que cualquier delito que esté motivado por la orientación sexual, identidad o expresión de género es considerado DELITO DE ODIO. Es decir, para que un delito se considere de odio debe quedar acreditado que la motivación que lo ha producido ha sido dichos motivos. Por tanto, NO todos los delitos que sufren personas del colectivo LGBTI son delitos de odio. Así lo recoge nuestro Código Penal.
Y ¿Cuál es la diferencia en calificar un delito como de odio o no? Aquí señalamos que la principal diferencia radica en el agravamiento de la pena impuesta en caso de que se acredite que se trata de un delito de odio y no común.
Hay muchos ejemplos que ilustran y clarifican esta distinción: si a un hombre homosexual le agreden para robarle la cartera, no sería un delito de odio. Por el contrario, si a un hombre homosexual lo agreden al tiempo que le insultan con frases tales como “maricón de mierda” o “me dan asco los bujarras”, aquí sí estamos en presencia de un delito de odio.
Motivo principales que provocan la dificultad de identificar los delitos de odio por orientación sexual, identidad o expresión de género
1- Desconocimiento del número de hechos denunciados
Consideramos que es fundamental contar con algún tipo de sistema que sea adecuado para poder registrar las infracciones que se producen en este asunto. De no ser así, nadie, ni siquiera nosotros como profesionales del tema, tenemos una visión totalmente exacta de la magnitud del problema, aunque sabemos que es un asunto muy grave.
2- Falta de formación
Los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, así como las personas que forman nuestro sistema judicial no están lo suficientemente formados para que la detección y persecución de estos delitos sean debidamente tratados y perseguidos. Aquí nos encontramos con un error de base.
3- Falta grave de denuncia
Lo que llamamos INFRADENUNCIA. Al hilo de los dos puntos anteriores, nos encontramos con que solo vemos la punta del iceberg. Es decir, sabemos que hay muchos hechos constitutivos de delito de odio que quedan sin denunciar por diversos motivos que exponemos a continuación:
a. Falta de confianza en las administraciones y fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado
Son muchas las ocasiones en las que las víctimas creen que su denuncia no va servir para nada, creen que son demasiados los trámites a seguir y poco el rendimiento que van a sacar. Por tanto, deciden no denunciar y dejarlo pasar. Este es uno de los puntos en los que más debemos trabajar, crear la confianza suficiente para que las víctimas se animen a denunciar viendo que es algo necesario para ellos y para la sociedad en general.
b. Miedo a sufrir represalias
Esto es común en todas las víctimas que sufren delitos de odio. Es tal el trauma que se sufre que les crea un miedo irracional (y racional, también) a sufrir nuevos ataques.
c. Miedo a perder su propia intimidad
En muchas ocasiones, las personas del colectivo LGBTI no desean revelar su verdadera condición sexual o identidad de género causado por los prejuicios, mitos e intolerancia existentes en la sociedad actual.
d. No conocen sus derechos y de las acciones que pueden emprender
Podemos decir en este punto que hay una gran falta de información hacia las víctimas, no saben a dónde acudir o qué hacer, siquiera qué es un delito de odio. Por eso es importante una campaña de información y trasladar a las víctimas de manera clara y sencilla todo lo que deben y pueden hacer.
e. No dar la importancia real de los delitos de odio
Hay una tendencia general a considerar este tipo de delitos como leves, sin tener en cuenta las causas, las consecuencias y traumas y, sobre todo, lo que subyace en ellos, que no es otra cosa que una sociedad intolerante y anclada en un pasado turbio.
f. Miedo a la deportación por parte de personas LGBTI extranjeras o en situación irregular
Estos casos son especialmente trágicos, dado que el simple hecho de no estar en su país de origen y el terror que sufren a ser deportados hace que siempre invisibilicen los delitos de los que son víctimas.

Conclusión
Cualquier delito que esté motivado por la orientación sexual, identidad o expresión de género es considerado DELITO DE ODIO. No todos los delitos que sufren personas del colectivo LGBTI son delitos de odio.
Los motivos principales que provocan la dificultad de identificar los delitos de odio por orientación sexual, identidad o expresión de género, son principalmente el desconocimiento del número de hechos denunciados, falta de formación en los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado, y la infradenuncia.
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Eliminar la LGTBIfobia es obligación de TODAS las personas, DENUNCIA.
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