Hablemos sobre las terapias de conversión

Las terapias de conversión son una práctica muy perjudicial y peligrosa. En España, recientemente se ha conseguido reformar la ley para penalizar su práctica.

Plano posterior de una persona con camiseta verde contemplando la bandera del Orgullo Progresista Intersex inclusiva, que muestra franjas horizontales con los colores del arcoíris y un triángulo lateral con los colores trans, trazo intersex y bandas representativas de la diversidad.

Históricamente, las personas queer hemos seguido perseguidas por motivos ideológicos, religiosos, por no seguir la norma… Las excusas podemos disfrazarlas de muchas formas diferentes, pero la realidad es que somos un colectivo perseguido y castigado en todos los momentos de la historia de la humanidad. 

Una de las formas más actuales de castigo y persecución que ha sufrido nuestro colectivo es la mal llamada terapia de conversión. Hoy nos centraremos en hablar de qué es esta práctica y que consecuencias tiene en las personas que, desgraciadamente, han tenido que vivirlas. Pero lo hacemos por una muy buena noticia, y es que recientemente, España ha dado un gran paso en su legislación en contra de las terapias de conversión, gracias al trabajo de una gran asociación que lleva años luchando contra esto.

¿Quieres saber más? ¡Vamos a ello!

Qué son las terapias de conversión

Tal y como define ILGA Mundo, las terapias de conversión son “prácticas pseudocientíficas y dañinas utilizadas para intentar alterar la expresión de género, la identidad de género o la orientación sexual de una persona”.

Expresado de otra forma, podemos decir que las terapias de conversión son aquellas prácticas que tienen la finalidad de “devolver” la heterosexualidad o el género cis a la persona.

Se hacen con diversas técnicas de entrenamiento, de auto-ayuda, confinamiento, abusos, hipnosis y castigo hacia lo queer; también existen aquellas que tienen una índole religiosa, como la humillación, sesiones espirituales e incluso se han practicado –y se siguen practicando– exorcismos; en muchas ocasiones, también se han utilizado fármacos y prácticas como el electrochoque. Como ya estarás imaginando, por supuesto que se trata de una vulneración de los derechos humanos fundamentales de las personas.

Los peligros y riesgos de estas “terapias”

Una cosa debemos dejar muy clara, y es que estas mal llamadas “terapias” no generan nada positivo en las personas, así como tampoco logran alcanzar ese objetivo que se proponen en el inicio: No, ninguna terapia, ni ningún procedimiento podrá nunca “convertir” en heterosexual o en cisgénero a nadie. 

Lo que sí genera en las personas que son víctimas de las terapias de conversión, con muchísimas consecuencias negativas. Hablamos a nivel tanto físico como psicológico, destacando este segundo por la gravedad de riesgos que se desencadenan. Estamos hablando que se pueden desencadenar respuestas de:

  • Depresión.
  • Ansiedad.
  • Estrés postraumático.
  • Tendencia al aislamiento.
  • Confusión, culpa, vergüenza.
  • Ideación autolítica y suicida.

Físicamente, las personas también tienen muchas consecuencias, ya sea a raíz de la ansiedad y del estrés de la vivencia, o de las técnicas que físicamente se hayan utilizado con la persona. Algunos ejemplos son úlceras o problemas cutáneos graves.

España penalizará las terapias de conversión

Debemos comenzar hablando de No Es Terapia. Se trata de una asociación que ha estado luchando contra las terapias de conversión durante años. No lo han hecho solo a través de redes sociales, visibilizando y tratando de informar adecuadamente a la población, sino que también con acompañamiento a las víctimas y buscando que haya un cambio legal. 

El trabajo de esta asociación ha sido fundamental en el paso que ha dado España contra las terapias de conversión, y es que se ha aprobado la penalización de estas prácticas contra el colectivo LGTBIQA+

En la reforma del artículo (Ley 10/1995, de 23 de noviembre del Código Penal) se ha añadido un castigo de pena de prisión de seis a dos años, y multa de ocho a veinticuatro meses. Entre los agravantes de la pena, se encuentra que la víctima sea menor de edad, que se emplee violencia, engaño o se utilice la vulnerabilidad de la persona (ya sea por ser disca, por tener una enfermedad u otras) o que el fin de esta práctica sea lucrativo.

Además, la reforma asegura que se inhabilitará en los ámbitos docente, deportivo y de tiempo libre, por un tiempo entre tres y cinco años, a las personas que han ejercido dichas prácticas.

Finalmente, se asegura que el Estado no ayudará, ni de forma económica ni de ninguna otra, a las personas o entidades que hayan sido condenadas por cometer, incitar o promover actos contra el colectivo LGTBIQA+, entre las que se incluyen –ahora sí– el ejercer terapias de conversión.

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